Constitución Federalista Andaluza de Antequera 1883, primer proyecto de autonomía
Sin embargo no podemos olvidar que el sentimiento autonomista estuvo latente en Andalucía desde los comienzos de la guerra contra las tropas de Napoleón, defendiéndose en 1835 desde la Junta Soberana de Andujar la autonomía popular del municipio frete a una Ley que privilegiaba a la burguesía local, reduciendo la capacidad de elegible y elector a los mayores contribuyentes, el pueblo. Era claramente una lucha contra el caciquismo y se inició en la política municipal autonómica lo que se convertiría en reclamación de la soberanía andaluza.
Tampoco podemos olvidar el importante papel que jugó en el planteamiento autonomista de clase la insurrección popular promovida en 1861 por Rafael Pérez del Álamo, llamado “socialismo indígena”, iniciado desde los Campos de Loja e Iznájar. Más adelante, en 1868, Pérez del Álamo, junto con Ramón de Cala desde la Junta Revolucionaria de Sevilla, defendieron la legalidad del cantón y exigieron la inmediata convocatoria de Cortes Constituyentes.
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Ramón de Cala y Barea, político y periodista jerezano que intervino activamente en la redacción de la Constitución de Antequera y que lucharía por establecer una sociedad más libre. Fue rompeolas de las iras gubernamentales del sistema de Cánovas del Castillo. Por sus planteamientos societarios ha sido considerado como apóstol del socialismo andaluz, encarar esas doctrinas en 1870 supuso un equilibrio de conocimientos y una sagacidad difíciles de encontrar en esa época. La figura de Cala aún es llama de moderación, equilibrio, liberalidad y amor a Andalucía |
Rafael Pérez del Álamo, de Arcos de la Frontera, principal dirigente de la sublevación campesina de Loja en julio de 1861, a la que intentó imprimir un carácter republicano-democrático. Fue confinado en Arcos de la Frontera, donde fundó el Centro Obrero y la sociedad Fraternidad Obrera, a través de la cual los obreros en paro reconstruían edificios ruinosos para sorteárselos entre ellos o venderlos y repartir su importe. El Centro Obrero fue la única seguridad para el obrero andaluz de finales del siglo XIX y principios del XX |
Fue en el año 1869 cuando el catalán Valentín Almirall se expresó en el Pacto Republicano de Tortosa con las siguientes palabras: los estados que han de formar la Confederación Española han de ser los que en otros tiempos fueron reinos, principados o condados independientes...
En este mismo año, la iniciativa del autonomista catalán es secundada por los republicanos y liberales andaluces, y firman el Pacto Federal de Córdoba, que agrupaba a todas las provincias andaluzas, a la baja Extremadura y a Murcia. Este primer paso de los andaluces es secundado por los vascos, que firman su documento en Eibar; por los gallegos, que lo hacen en La Coruña, y castellanos en Valladolid. En Madrid, el 30 de Julio de 1869, coincidirán todos en el PACTO CONFEDERAL DE LOS PUEBLOS DE ESPAÑA, documento que firman el presidente de la Asamblea, el cordobés León Merino, Miguel Morayta por Castilla, Pí y Margall por el Pais Vasco-Navarro, Manuel Bes por Cataluña, Ricardo López por Andalucía y Eduardo Cano por Galicia. De su contenido se destacan los siguientes postulados:
- Los derechos individuales son absolutos, inalienables, y todo ataque de índole general contra alguna de las firmantes, constituye para todas y cada una de las federaciones el deber de defenderla a mano armada, siempre que no haya medios legales de reparación.
- Serán autónomos todos los órdenes del Estado, desde el municipal al nacional.
- La declaración incluye la alianza y unión de los representas de las distintas Asambleas de Tortosa, Córdoba, Eibar, Valladolid y La Coruña.
El centralismo no atendió las solicitudes de las distintas asambleas autonomistas, y Andalucía constituye el primer cantón en Málaga en el año 1873, siendo secundado por Sevilla, Córdoba y Cádiz. La represión no se hace esperar, y los planteamientos cantonalistas andaluces son aniquilados por el Ejército, al mando de los generales Pavía y Ripoll.
Transcurren diez años de silencio autonomista hasta que la Asamblea Republicana se reúne en Zaragoza y acuerda presentar en las Cortes un proyecto de Constitución Confederal, en la que los distintos pueblos tienen la oportunidad de conseguir sus aspiraciones políticas. Este paso puede ser considerado como el primer pilar en la construcción del futuro ESTATUTO DE ANDALUCÍA.
El crecimiento industrial trajo una nueva fuerza política con los movimientos obreros, el abandono del sector agrícola, las condiciones de trabajo del proletariado rural, el centralismo administrativo y de poderes de decisión, y paralelamente la toma de conciencia del pueblo andaluz, fueron las determinantes del nuevo esfuerzo por la AUTONOMÍA.
A la Asamblea andaluza de ANTEQUERA es presentado un proyecto de estatuto por el diputado de Alora, Carlos Saornil, y es aprobada la PRIMERA CARTA DEL PAIS ANDALUZ, PRIMERA CONSTITUCIÓN ANDALUZA, PRIMER ESTATUTO DE AUTONOMÍA, PRIMERA CONCEPCIÓN DEL ANDALUCISMO AUTONÓMICO, SOLIDARIO Y UNIVERSALISTA.
Este documento de Antequera, verdadero testimonio histórico y auténtica declaración de los derechos humanos, se pronuncia en favor de ideas y libertades jamás consideradas hasta ese momento en constitución española alguna. Algunos ejemplos:
ARTÍCULO 1º. Andalucía es soberana y autónoma; se organiza en una democracia republicana reprensentativa, y no recibe su poder de ninguna autoridad exterior...
ARTÍCULO 9º. La autonomía individual comprende:
A) El derecho a la vida, a la seguridad y dignidad de la vida.
B) El derecho a la emisión y difusión libre del pensamiento hablado o escrito.
B) El derecho al trabajo y a la libertad profesional.
D) La libertad de enseñanza.
E) La libertad de reunión, asociación y manifestación pacífica.
F) La libertad de conciencia y el libre ejercicio de todos los cultos.
G) La igualdad ante la ley.
H) El derecho a la instrucción gratuita hasta en sus más altos desarrollos.
I) La libertad de establecer y mudar de domicilio.
J) La inviolabilidad de la morada, salvo en los casos de incendio o análogos.
K) La inviolabilidad de la correspondencia por los medios actuales y futuros.
L) El derecho a la justicia criminal gratuita.
M) El derecho a ser juzgado por Jurado en toda clase de delitos.
N) El derecho a la oralidad y publicidad en todo proceso.
O) El derecho a la completa rehabilitación después de cumplida la condena.
P) El derecho procesal contra todo funcionario del orden gubernamental o judicial.
Q) El derecho de propiedad limitado por los derechos sociales sin vinculación ni amortización.
R) El derecho a la asistencia pública para los discapacitados para el trabajo que carezcan de medios.
S) El derecho a la gobernación pública por medio del sufragio universal permanente.
ARTÍCULO 10º. Ni el pueblo soberano constituido en Municipio, ni los Municipios aliados en cantón, ni los cantones federados regionalmente podrán cohibir, mermar o lesionar, bajo pretexto alguno, la autonomía humana; luego a ninguno de ellos se tolera detentar las garantías del artículo 9º.
ARTÍCULO 14º. Se reconoce la independencia civil y social de la mujer.
ARTÍCULO 23º. Andalucía tiene derecho a enmendar el mal causado y a corregir al delincuente, pero rechaza el castigo o venganza social, por lo que se suprimen la pena de muerte y toda otra infamante perpetua.
ARTÍCULO 33º. Se reconoce a los obreros el derecho de huelga y la práctica de la resistencia solidaria.
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Portada del Proyecto de Constitución Federalista presentado en la Asamblea de Antequera |
Proyecto de Constitución para los cantones andaluces, aprobado por la Asamblea Regional, celebrada en Antequera en Octubre de 1883, TODO UN ANTICIPO ANDALUZ DE LAS LIBERTADES, DERECHOS HUMANOS Y VISIÓN PROGRESISTA DE LA SOCIEDAD.
La Constitución de Antequera pretendía establecer adelantos democráticos y logros sociales verdaderamente avanzados para la época. En este sentido, la Constitución Cantonal Andaluza de 1883 hay que considerarla como el PRIMER ESTATUTO DE AUTONOMÍA que distribuye una sere de competencias que no son compartidas con el poder central.
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24 de Octubre del 2018

Sopa de tomate tradicional
Sopas

Garbanzos con langostinos
Hortalizas, legumbres y arroces

Besugo al horno
Pescados

Croquetas de la abuela niña
Varios

Potaje de acelgas
Hortalizas, legumbres y arroces

Sopaipas cordobesas
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Papas rellenas de Bujalance
Varios

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Postres y dulces
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